viernes, 29 de mayo de 2015

Relatos sobre la inmigración


Leer el siguiente fragmento

Según el planteo de la antropóloga María Inés Pacecca (2011) prevalecen dos relatos complementarios sobre la inmigración en la Argentina. El primero fue forjado durante la primera mitad del siglo XX y tiene como figura central al inmigrante llegado entre 1880 y 1930. Este relato sostiene que la Argentina pasó de la barbarie a la civilización gracias a su accionar, su tesón, apego al trabajo, esfuerzo y voluntad que fueron claves en el ascenso social. Se trata de un relato épico de la migración europea sustentado en textos escolares, en el sentido común y en la transmisión oral de las historias familiares. Esta noción tiene una contrafigura, el migrante americano, de países limítrofes que dio lugar a un segundo relato, expresado por los descendientes de los migrantes europeos que subestima esa otra migración y piensa al migrante latino como incivilizado, depredador y bárbaro, es una migración no deseada y conflictiva, cuya presencia es tolerada pero no fomentada. Según Pacecca la falta de regularización y la legislación precaria comenzó a revertirse a comienzos de 2004 con la sanción de la Ley de Migración 25.871 que buscaba resolver las dificultades y restricciones, y asegurar derechos básicos dentro de una perspectiva regional.
Sin embargo recientemente se ha reinstalado el debate debido a los anuncios presidenciales acerca de que el nuevo Código Procesal Penal podría prever la expulsión de los migrantes detenidos en flagrante delito. Desde el Cels (Centro de estudios legales y sociales) se advierte acerca de que esta medida contradice los avances en la legislación migratoria que, si bien permite la expulsión de migrantes con antecedentes penales, considera que estos antecedentes tienen que provenir de una condena firme. Por su parte también desde el Cels se afirma que es común asociar migración con delito, lo cual genera estereotipos que estigmatizan. Es una asociación que vuelve sobre el problema de culpar del delito a un grupo específico, generando repercusiones que en este caso podrían derivar en xenofobia.
En síntesis, la persistencia de conceptos peyorativos y discriminatorios hacia los migrantes latinos, especialmente bolivianos, paraguayos y peruanos, constituye un verdadero desafío para la educación que debe hacer frente y refutar el pensamiento hegemónico, cargado de prejuicios étnicos, devenido de que la propia consideración del ‘otro’ extranjero es el producto de una construcción socio histórica compleja que tendió a la homogeneización “blanqueadora” y no a la posibilidad de atender a la diversidad socio-cultural que, en palabras de Grimson (2004) no solo implica el reconocimiento cultural sino que debe combinarse con políticas de redistribución económica y social (Grimson, 2004, p. 25).


Actividad
Teniendo en cuenta la afirmación de María Inés Pacecca sobre el relato que se construye sobre los migrantes de países vecinos, los estudiantes armarán pequeños grupos y buscarán, en la versión digital de algún periódico de los últimos días, noticias vinculados a situaciones donde se ven involucrados los migrantes latinoamericanos.

martes, 26 de mayo de 2015

El primer Centenario y la cuestión social

En el siguiente video se analiza  el contexto de los festejos del primer Centenario de la Revolución de Mayo  (1910). La  guía de consignas orienta ese análisis.

1.     En base a lo estudiado hasta el momento: ¿Cómo se puede sintetizar la llamada “prosperidad económica” de la Argentina?
2.     Según el video: ¿Cuál era la contraparte social de esa “prosperidad”
3.     ¿Qué grupos lideraban la protesta social hacia 1910 y por qué lo hacían? ¿Por qué el gobierno implantó el estado de sitio?
4.     ¿Cuáles eran sus propuestas (diferenciarlas en cada grupo) y cual fue la reacción del Estado? Vincular con la legislación estudiada en la clase anterior.
5.     ¿Por qué el anarquismo era considerado un peligro social?
6.     Cada estudiante realizará un comentario en el blog donde exponga la elaboración propia de alguna conclusión respecto de las dos facetas estudiadas en relación a la situación de los migrantes: el llamado “progreso económico” y la “cuestión social”. 

jueves, 21 de mayo de 2015

La inmigración y la cuestión social

Miren el siguiente video, luego lean y resuelvan las consignas:
http://www.encuentro.gov.ar/sitios/encuentro/programas/ver?rec_id=50006

Muchos inmigrantes resistían las medidas represivas del Estado, en especial quienes adherían a ideas socialistas o anarquistas y se expresaban a través de la prensa y de la literatura.
Florencio Sánchez, un escritor uruguayo radicado en Argentina escribió varias obras de teatro entre las cuales se encuentra la que tituló “El desalojo”. En ella se puede advertir el componente social de marginación que afectaba a muchos inmigrantes.

Leer la obra con la guía de consignas:


1. De acuerdo a la lectura de la obra de teatro que se hizo previamente a la clase:
         1.1.  Identificar personajes principales y su pertenencia nacional, social y ocupacional.
   1.2. ¿Cuál es la problemática que el autor esboza respecto de las cuestiones sociales y económicas que se derivan de la migración?
   1.3.¿Podés establecer alguna relación con la Constitución y la legislación analizada anteriormente? ¿Y con el video?




martes, 19 de mayo de 2015

Los inmigrantes y la legislación argentina



1.  Leer el Preámbulo y el artículo nº 20 y resolver las siguientes consignas:

-    Marcar aquellas palabras clave vinculadas con la migración de extranjeros a la Argentina.
-    ¿Qué garantías ofrecía el Estado Argentino? ¿Por qué?

“Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina”.

Artículo 20.- Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.



2. La Constitución hace referencia a los inmigrantes porque desde el Estado se estimulaba el poblamiento con trabajadores europeos. La legislación tendió a fortalecer esas políticas pero también a “controlar” a quienes podían llegar y permanecer en el territorio argentino.

2.1. Leer el siguiente fragmento que sintetiza la legislación argentina referida a las migraciones y a la situación de los extranjeros, compararlo con lo trabajado en la Constitución y resolver las consignas:
-           ¿Por qué te parece que era necesario un “marco normativo” para la inmigración?
-           ¿Por qué el Estado puso en vigencia las leyes de residencia y defensa social?
-           ¿Qué es el estado de sitio?  (Podés consultar el artículo nº 23 de la Constitución Nacional)


La Ley Avellaneda (817/1876) estableció el marco normativo entre fines del siglo XIX y comienzos del XX y más del 70% de quienes ingresaron bajo su amparo o eran españoles e italianos. Esta migración difería de la imaginada por los proyectos de Alberdi y Sarmiento que fomentaban que los migrantes fueran ingleses, suizos y franceses. La sindicalización de los trabajadores,  sus protestas y manifestaciones incidieron para que en 1902 se sancionara la Ley de Residencia (4144/1902) por la cual el poder ejecutivo estaba autorizado para acusar, detener juzgar y expulsar a los inmigrantes “cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público”. La conflictividad social se acrecentaba producto del déficit de vivienda y salud y las huelgas y manifestaciones constituían formas de expresión de esos conflictos.
Posteriormente en 1910 la Ley de Defensa Social (7029/10) restringió los criterios de admisión para extranjeros condenados por delitos comunes, para “anarquistas y otros que promuevan ataques contra las instituciones”.  Hay que recordar además que los festejos del primer Centenario se realizaron bajo estado de sitio. En palabras de Claudia Briones (2008) “esos festejos no buscaron hablar de las diferencias que surcaban la nación. A pesar de hechos y voces en disidencia, eran tiempos de apostar a una “educación patriótica” orientada a concretar los idearios de civilización, progreso y homogénea blancura” (Briones, 2008, p. 40).